FAR-West Community Spotlights: “Ella habla”
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Una de sus principales ventajas es que se puede solicitar directamente desde España. Se trata de una opción mucho más cómoda en comparación con el resto de permisos de residencia, que en la mayoría de los casos requieren trámites más complejos que deben iniciarse desde el país de origen.
Así, el arraigo es una de las diferentes posibilidades que tienes para entrar en España como turista y conseguir la residencia. Es decir, hay que olvidarse de la opción de solicitar un visado de turista para iniciar después el procedimiento de arraigo. Se hará directamente sin este paso intermedio.
Además, una vez que renueves la residencia por arraigo por primera vez, podrás continuar con tu trabajo sin ningún problema (siempre que cumplas todos los requisitos). Más adelante en este artículo estudiaremos lo que ocurre después del primer año.
Hay tres tipos diferentes de arraigo: arraigo familiar, arraigo social y arraigo laboral. Cada uno de ellos lleva asociados unos requisitos específicos que debemos cumplir si lo que queremos es realizar el trámite de solicitud. A continuación analizaremos cada uno de ellos.
Cómo el temor al futuro puede ser un síntoma de su pasado
Los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España en situación irregular pueden acceder a este tipo de autorización de residencia por circunstancias excepcionales.Es necesario que hayan permanecido en España al menos tres años, tengan un contrato de trabajo y acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presenten un informe de inserción social.Si los medios de vida acreditados derivan de una actividad laboral, una vez concedida, el extranjero estará autorizado a trabajar en España durante la vigencia de la autorización y el mismo empleador que figure en el contrato aportado en el expediente deberá realizar el correspondiente alta del trabajador en la Seguridad Social. A partir de este momento, la autorización comenzará su periodo de vigencia.En el caso de que los medios de vida no deriven de ninguna actividad laboral por estar exentos, la autorización comenzará su periodo de vigencia desde la notificación de la concesión de la autorización. Transcurrido un año, que es el periodo de vigencia de este tipo de autorización, podrá modificarse en autorización de residencia o de residencia y trabajo.
Una segunda oportunidad para una bendición – Obispo T.D. Jakes
Arraigo (Procedimiento de arraigo): Es uno de los supuestos que el gobierno español contempla para conceder un permiso de residencia temporal a los extranjeros en situación no habitual, en circunstancias excepcionales.
Arraigo familiar: Es un tipo de permiso de residencia temporal por autorización excepcional que se concede a los extranjeros que son madres o padres de un hijo comunitario, o hijos de padre o madre originariamente españoles.
Arraigo social: El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a los extranjeros que hayan residido un mínimo de tres años y estén integrados socialmente.
Certificado de concordancia: Es un documento que deben gestionar las personas que acaban de obtener la nacionalidad española. Este documento expresa la coincidencia de los datos entre el antiguo NIE y TIE, con el nuevo DNI y pasaporte español.
Derecho de asilo: El derecho de asilo se estableció en la Convención de Ginebra, a la que España se adhirió en 1978. Además, la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo de protección subsidiaria, es la normativa vigente en España. Establece que es el derecho de las personas que han huido de su país de origen o de los apátridas que han abandonado su lugar de residencia habitual, a la protección, acogida y asistencia.
Meditación con Stephan A. Schwartz
Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Desarraigo social (Arraigo): Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se puede conceder a los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.
Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y en línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
Tener un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario, por un periodo no inferior a un año. La empresa o el empresario deben estar dados de alta en la Seguridad Social, así como estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Además, la empresa debe garantizar la continuidad de la actividad, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato. Si es una persona física, deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario pactado, el 100% del IPREM si no hay personas a su cargo.
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