Residencia española para ciudadanos de la UE
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Si piensa vivir en España de forma permanente, tiene sentido solicitar la residencia. No sólo su presencia en el país será oficialmente legal (muchos expatriados pasan desapercibidos, ya sea por elección consciente o por simple desconocimiento del procedimiento), sino que también beneficiará a su ayuntamiento y tendrá prácticamente los mismos derechos que un español nacionalizado. Si tu intención es vivir en España más de tres meses al año, estás obligado -por ley- a solicitar un certificado de residencia español si eres ciudadano de la UE.
Para ello, debe inscribirse en el Registro Central de Extranjeros, lo que suele hacerse en la comisaría de la Policía Nacional. Le expedirán un certificado de registro, que no sólo certifica su residencia, sino que también contiene información personal importante, por lo que tendrá que proporcionar a las autoridades varios documentos.
Sus derechos de residencia en España se extienden a su familia más inmediata, que incluye a su cónyuge por matrimonio, a su pareja por unión civil, a sus hijos menores de 21 años, a sus hijos mayores de edad y a sus padres.
Residencia temporal en España
El clima mediterráneo y la extraordinaria cultura de España atraen a más de 700.000 extranjeros cada año. Si usted es uno de los muchos que buscan disfrutar de las características únicas del país, debe estar preparado para su solicitud de uno de los diversos permisos de residencia en España.
Cada una de las opciones mencionadas tiene sus propios requisitos y proceso de solicitud. Debe solicitarlo antes de llegar a España. Cada una de ellas le da derecho a vivir en España por períodos superiores a 3 meses.
La Tarjeta de Residencia es un requisito indispensable si tiene intención de pasar entre 3 y 6 meses en España. Debe presentar la solicitud de la Tarjeta de Residencia en la Oficina de Extranjeros o en la comisaría de policía local en un plazo de 30 días desde su llegada al país.
La Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) es un requisito indispensable para los ciudadanos extracomunitarios que puedan permanecer en España durante más de 6 meses. Debe presentar su solicitud de TIE en la comisaría de policía local en un plazo de 30 días desde su entrada en el país.
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A la hora de solicitarlo, es muy importante elegir el visado de estudios tipo D. Cualquier otro tipo de visado no le permitirá obtener la tarjeta de estudiante (TIE). Una vez que llegue a España, deberá acudir a la comisaría de policía en un plazo de 30 días para solicitar la tarjeta de estudiante (TIE).
Si tus estudios en Barcelona tendrán una duración de 6 meses o menos, es posible que la embajada española te expida un visado de estudios con la siguiente observación “ESTUDIOS TOTALES 180 DÍAS”. Este tipo de visado se puede prorrogar sin tener que volver a su país de origen para solicitar otro visado.
Si ya se encuentra en España como visitante legítimo (como turista, por ejemplo), puede solicitar una autorización de estancia por estudios sin tener que obtener primero un visado distinto. Esta solicitud debe realizarse al menos un mes antes de la fecha de expiración de la autorización actual que le permite permanecer en España.
El visado de búsqueda de empleo, o permiso de residencia por búsqueda de empleo, es una autorización con sede en España que te permitirá acceder a un puesto de trabajo adecuado a tu campo y nivel de estudios o, si lo consideras posible, crear una empresa una vez que hayas terminado tus estudios oficiales de alto nivel.
Pros y contras de la residencia española
En esta guía se explican los trámites de empadronamiento que debe realizar un ciudadano británico que vive en España. Debe inscribirse tanto en el registro central de extranjeros como en el padrón municipal. Los niños también deben estar inscritos en ambos sistemas.
El 6 de julio de 2020, el gobierno español introdujo un nuevo documento de residencia para los nacionales del Reino Unido que viven en España y tienen derechos en virtud del Acuerdo de Retirada: la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Esta tarjeta biométrica indica explícitamente que ha sido expedida a su titular en virtud del Acuerdo de Retirada.
Si se registra como residente después del 6 de julio de 2020 pero vivía en España antes del 1 de enero de 2021, debe seguir un proceso de dos pasos para obtener su TIE. Si cumple los requisitos y su solicitud es aprobada se le expedirá el TIE. Los hijos también deben empadronarse y obtener su propio TIE.
Puede hacerlo por vía electrónica (si tiene una firma digital), en persona con cita previa en la oficina de inmigración o a través de un representante tercero de su elección que puede presentar su solicitud, electrónicamente o en persona, en su nombre.