¿Permite España la doble nacionalidad con el Reino Unido?
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¿Obtener una nacionalidad significa perder otra? Pocas dudas son más comunes que ésta, y lo sabemos por experiencia. En la jura de la Constitución, un trámite clave para adquirir la nacionalidad española, muchos solicitantes se enfrentan a esta pregunta: ¿están a punto de perder su nacionalidad de origen?
Lo cierto es que la respuesta es mucho más compleja que un simple sí o no. Si generalizamos, podríamos decir que sí, que la normativa vigente en España exige, como requisito para adquirir la nacionalidad española, la renuncia a la nacionalidad del país extranjero. Pero la realidad no es tan clara. Además, existen casos especiales: los convenios de doble nacionalidad que España tiene con otros países y que permiten a los solicitantes no renunciar a ninguna de las dos nacionalidades.
Como ya se ha explicado, la ley española exige la renuncia a la nacionalidad extranjera en el momento de la adquisición de la nacionalidad española (cuando no hay convenios de doble nacionalidad). Pero esto es una mera formalidad.
Renunciar a la nacionalidad española
Si ha obtenido la nacionalidad española, la información de este artículo será de vital importancia para usted. Porque si no sigues los pasos y requisitos que aquí se mencionan (sobre todo si te vas de España y utilizas u obtienes otra nacionalidad), podrías perder la nacionalidad y verte privado de todos los derechos que te ha otorgado.
Así, en este post analizaremos las principales causas y motivos de pérdida de la nacionalidad que establece el Código Civil español, qué puedes hacer hoy para evitarla, cómo conservarla y las preguntas más frecuentes sobre este tema resueltas.
Aunque esta pérdida es algo poco común o habitual, es algo definido en los artículos 24 y 25 del Código Civil español, y nuestra recomendación es que sigas leyendo para entender qué motivos pueden llevar a esta situación.
Hay dos situaciones principales en las que el extranjero perdería la nacionalidad española: la adquisición de una tercera nacionalidad o la no utilización de la nacionalidad española en los 3 años siguientes a su adquisición.
Ciudadanía española por descendencia
La nacionalidad española por descendencia o ascendencia está abierta a un amplio abanico de nacionales, incluso a aquellos que no tienen sangre española propiamente dicha. Esto se extiende a los nacionales de los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. España no acepta la doble nacionalidad, pero los nacionales de esos países no tendrán que renunciar a la suya. Los estadounidenses tampoco pueden perder la nacionalidad a través de este proceso.
La ciudadanía española es una de las más valiosas del mundo. Permite viajar sin visado a Estados Unidos y Australia y vivir en cualquier lugar de la Unión Europea. Si tiene antepasados españoles, podría optar a la nacionalidad española por descendencia y evitar el elevado coste de la nacionalidad por inversión. Los servicios de Golden Capitalist le brindan la oportunidad de obtener la nacionalidad española por ascendencia.
La naturalización a la ciudadanía española normalmente requiere 10 años de residencia continua y la renuncia a sus otras ciudadanías. Con la corriente de la Ciudadanía Española por Ascendencia, puede solicitar la naturalización después de sólo 1 o 2 años de residencia en España. Recientemente, las autoridades españolas han flexibilizado los requisitos de presencia física para quienes solicitan la nacionalidad por ascendencia. Sólo se requiere que no pases más de 3 meses seguidos fuera de España (lo que significa que puedes viajar de un lado a otro cada 3 meses y pasar sólo un puñado de días en España al año, si así lo deseas).
Ciudadanía española para América Latina
El artículo 24 del Código Civil español establece que existen (entre otros, que veremos en los siguientes apartados) 3 casos en los que el extranjero puede perder la nacionalidad española:Entendamos lo que establece la ley con un ejemplo.Es habitual que un extranjero que ha obtenido la nacionalidad española (y ahora tiene la doble nacionalidad) empiece a vivir en un tercer país; pongamos Estados Unidos. Durante los tres años siguientes en Estados Unidos, tanto si no utiliza nunca la nacionalidad española como si acaba obteniendo la estadounidense, el consulado podría quitarle la nacionalidad española.Esos casos serían motivo de pérdida, a no ser que, como veremos a continuación, durante esos 3 años manifieste su intención y deseo de mantenerla.
Además de los 3 puntos anteriores, si ha obtenido la nacionalidad por residencia y se encuentra en uno de los tres casos siguientes, también se produciría la pérdida:¿Tiene dudas hasta este momento? Siga leyendo para obtener más información o pregunte cualquier cosa a nuestros abogados a través de este formulario:
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