Casarse con una mujer española
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El derecho matrimonial es diferente en cada país y habrá diferentes normas y requisitos según el lugar donde pretenda casarse. Tendrá que ponerse en contacto con la embajada del país o con las autoridades locales para saber cuáles son. Es posible que le aconsejen que obtenga un “Certificado de no impedimento” (CNI) en el registro civil local. Esto implica notificar de la misma manera que lo haría si se casara en Inglaterra. La notificación sólo puede ser realizada por ciudadanos británicos. Los extranjeros residentes en el Reino Unido que deseen casarse en el extranjero deben pedir consejo a sus embajadas. Sólo se puede expedir un Certificado de no impedimento para determinados países. Para obtener más información, visite GOV.UK.
Certificado de matrimonio español
Francisco es un abogado con gran experiencia que lleva casi 30 años representando a personas de habla inglesa en España. Está especializado en derecho civil (familia, sucesiones, contratos, reclamaciones, reclamaciones de seguros y reclamaciones de propiedad), derecho mercantil (constitución de empresas) y derecho laboral.
Originario de Milán, he estudiado en Milán y Dublín, donde comencé mi carrera profesional en 1999 como arquitecto. Desde 2002 estoy radicado en Barcelona donde dirijo mi propio despacho. Mis especialidades son las reformas de comercios y viviendas particulares, realizo todo el proceso desde las fases iniciales de diseño de concepto, diseño de detalle y permisos de construcción, hasta la gestión y dirección de la obra. Hablo inglés, italiano, español y catalán con fluidez.
Angela tiene más de 20 años de experiencia como abogada en ejercicio en España. Ha asistido a clientes de habla inglesa a lo largo de su carrera en asuntos inmobiliarios, derecho mercantil, inmigración, así como en las áreas que tan a menudo afectan a la vida de los residentes extranjeros, como el derecho de familia y los asuntos de herencia.
Casarse en España siendo americano
Es aconsejable que el proceso se inicie 6 meses antes de la fecha de su boda para asegurar que la documentación requerida se recibe a tiempo y que la fecha está asegurada con la iglesia en España. El papeleo debe ser preparado en su país de origen, toda la documentación debe ser original o copias certificadas y traducidas al español por las autoridades pertinentes (traducidas por una agencia verificada por el consulado español) y endosadas con una apostilla.
Su sacerdote o arzobispo remitirá la documentación al obispo de la diócesis donde pretende casarse, quien a su vez comunicará a la iglesia en la que se va a casar que todo está en orden.
Las solicitudes para las bodas civiles deben hacerse en el Registro Civil, en el Juzgado de Primera Instancia o en el Ayuntamiento del lugar donde se celebrará la boda. Nota: El procedimiento puede variar según el lugar donde se vaya a casar.
Para solicitar una licencia de matrimonio en España es necesario presentar la siguiente documentación de los novios. Toda la documentación debe ser original o copias compulsadas y traducidas al español por las autoridades competentes y apostilladas.
Requisitos para casarse en España
El registro certifica el matrimonio y la fecha, hora y lugar en que se celebró. Es el medio de prueba de que el matrimonio tuvo lugar, y es la certificación que da legitimidad al estado civil de casado.
El matrimonio celebrado ante el Encargado del Registro Civil, Juez de Paz, Alcalde o Concejal su suplente o ante el secretario se hará constar en el acta; que se celebrará ante Notario se hará constar en escritura pública. En ambos casos deberá ser firmada, además de por los que la celebraron, por las partes y dos testigos.
Se extenderá el acta o escritura pública autorizada que se entregará a cada uno de los contrayentes como copia justificativa del matrimonio y se remitirá, en el mismo día, testimonio o copia electrónica autorizada del documento al Registro Civil para su inscripción, previa calificación del Encargado del Registro Civil.
Los trámites para el matrimonio civil deben iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio en el que uno de los interesados esté empadronado o tenga su residencia permanente. Si los contrayentes están empadronados en distintos municipios, podrán elegir el que más les convenga.
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