Pasaporte argentino
Un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) es un documento oficial que certifica la adquisición de la ciudadanía estadounidense por nacimiento de una persona nacida en el extranjero de padre o madre ciudadano/a estadounidense. Si usted es ciudadano estadounidense y padre de un niño nacido fuera de los Estados Unidos, debe documentar la ciudadanía estadounidense de su hijo con un CRBA.
Siga los pasos que se indican a continuación para determinar primero si su hijo tiene derecho a una CRBA y, en su caso, para solicitarla. Le recomendamos que comunique el nacimiento de su hijo lo antes posible tras el nacimiento. Normalmente no es posible emitir un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero para un niño mayor de 18 años, pero el niño puede ser documentado como ciudadano estadounidense y se le puede emitir un pasaporte.
Debe presentar todos los documentos en forma original y el número de fotocopias indicado anteriormente de cada uno (excepto los formularios – sólo se necesita una copia). Todos los documentos originales le serán devueltos al final de su cita. Todos los documentos que no estén en inglés o español deberán ser traducidos al inglés. Los formularios se firmarán delante del cónsul el día de la entrevista.
Parlamento argentino
Los niños nacidos en Argentina de padres estadounidenses, excepto los que tienen estatus diplomático u oficial, adquieren la ciudadanía argentina al nacer, así como una posible reclamación de la ciudadanía estadounidense. Tienen doble nacionalidad y las autoridades de inmigración argentinas les exigen que utilicen pasaportes argentinos para salir de Argentina.
Si paga con una tarjeta de crédito emitida en Argentina, tenga en cuenta que el Gobierno de Argentina impone actualmente dos impuestos diferentes sobre las transacciones extranjeras desde Argentina utilizando una tarjeta emitida en Argentina. Actualmente, las normas fiscales argentinas pueden dar lugar a tasas impositivas de aproximadamente el 65 por ciento, además de la tasa de solicitud de pasaporte estadounidense, para aquellos solicitantes que decidan utilizar una tarjeta emitida en Argentina para realizar un pago. Los solicitantes que utilicen tarjetas de crédito emitidas en EE.UU. no deberían incurrir en este impuesto. Tenga en cuenta que las tasas de solicitud de pasaporte no son reembolsables.
Usted recibirá un correo electrónico con toda la documentación requerida que debe presentar el día de su entrevista e información sobre el pago 1 o 2 días hábiles antes de su cita. Por favor, controle su bandeja de entrada y revise su carpeta de SPAM.
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El principio fundamental de la ley del país (LEY 346) es el ius soli. Esto significa que la ciudadanía argentina se adquiere por nacimiento o derecho de nacimiento. Todos los nacidos en su territorio, independientemente de la ciudadanía de sus padres, son automáticamente argentinos.
Asimismo, los extranjeros, independientemente del tiempo de residencia en el país (como se establece claramente en la Ley 346, art.2 “….cualquiera que sea el tiempo de su residencia…”) son elegibles para obtener pasaportes argentinos si:
Argentina es uno de los pocos países con el procedimiento de naturalización más rápido y la calificación de residencia más pequeña. De todos los países latinoamericanos, aparte de Argentina, sólo Ecuador y la República Dominicana aceptan solicitudes de ciudadanía tras sólo dos años de residencia. En todos los demás países latinoamericanos, el periodo estándar de naturalización es de al menos tres años.
Cuando las “cosas grandes” se sienten fuera de control, la movilidad social es una gran ventaja. Por eso la doble/segunda/múltiple ciudadanía es una característica notable del mundo actual. Para obtener información actualizada sobre los programas CBI y RBI en todo el mundo, lea nuestras reseñas más recientes.
Inmigración en Argentina
Un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) es un documento oficial que certifica la adquisición de la ciudadanía estadounidense por nacimiento de una persona nacida en el extranjero de uno o varios padres ciudadanos estadounidenses. Si usted es ciudadano estadounidense y padre de un niño nacido fuera de los Estados Unidos, debe documentar la ciudadanía estadounidense de su hijo con un CRBA.
Siga los pasos que se indican a continuación para determinar primero si su hijo tiene derecho a una CRBA y, en su caso, para solicitarla. Le recomendamos que comunique el nacimiento de su hijo lo antes posible tras el nacimiento. Normalmente no es posible emitir un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero para un niño mayor de 18 años, pero el niño puede ser documentado como ciudadano estadounidense y se le puede emitir un pasaporte.
Debe presentar todos los documentos en forma original y el número de fotocopias indicado anteriormente de cada uno (excepto los formularios – sólo se necesita una copia). Todos los documentos originales le serán devueltos al final de su cita. Todos los documentos que no estén en inglés o español deberán ser traducidos al inglés. Los formularios se firmarán delante del cónsul el día de la entrevista.
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