Mi hijo tiene nacionalidad española y yo no

Pasaporte español para un bebé nacido en el Reino Unido

Hoy resolvemos una de las preguntas que más nos hacen. Si soy extranjero y mi hijo nace en España, ¿es español? ¿Qué nacionalidad tiene? Pues en este artículo te mostramos cómo solicitar la nacionalidad española para tu hijo paso a paso. Además, veremos cómo puedes beneficiarte de ella y conseguir la residencia gracias a la nacionalidad de tu bebé.¡Empecemos!

Depende. Depende de la nacionalidad de los padres y de lo que establezca la constitución de su país.Esta es la primera cuestión que debemos afrontar.Por regla general, un niño nacido en España de padres extranjeros adopta la nacionalidad de sus padres. Esto es así en un gran número de casos.Sin embargo, existen importantes excepciones.Es muy probable que el país del que proceden los padres no reconozca la nacionalidad de los hijos nacidos en el extranjero.Es en estos casos cuando el niño podrá obtener la nacionalidad española.Y lo hará a través de un procedimiento denominado nacionalidad por presunción, regulado en el artículo 17.6 del Código Civil español. Este tipo de procedimiento es el proceso por el que un niño nacido en España acabará adquiriendo la nacionalidad por opción.Se creó en 1997 para solucionar un problema común.En algunos casos, el país de origen de los padres no concede la nacionalidad a sus hijos si estos nacen en el extranjero.Así, España, para proteger los derechos del niño y evitar que carezca de nacionalidad, concede esta nacionalidad por presunción. Concede al niño la nacionalidad española.

  Buscar nacionalidad española

He nacido en España en español

El derecho de la nacionalidad española se refiere a todas las leyes de España relativas a la nacionalidad. El artículo 11 del Título Primero de la Constitución Española se refiere a la nacionalidad española y establece que una ley propia regulará su adquisición y pérdida[1] Esta ley propia es el Código Civil español. La nacionalidad española se adquiere, en general, por el principio de ius sanguinis (ascendencia), con una disposición adicional limitada para su adquisición por ius soli (lugar de nacimiento).

Tradicionalmente, las consideraciones sobre la nacionalidad española habían sido reguladas (sucesivamente) por artículos constitucionales: el artículo 5º de la Constitución de Cádiz de 1812, el artículo 1º de la Constitución de 1837, el artículo 1º de la Constitución de 1845, el artículo 2º de la Constitución no promulgada de 1856, el artículo 1º de la Constitución de 1869 y el artículo 1º de la Constitución de 1876[2].

El texto original del Código Civil de 1889 fue modificado parcial o totalmente por los artículos 23º y 24º de la Constitución de 1931 (que abrió una vía para explorar acuerdos de doble nacionalidad con países iberoamericanos), y las leyes de 1954, 1975, 1982, 1990 y 2002[4].

Ciudadanía española por matrimonio

La nacionalidad española está regulada en el Código Civil español y en el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.

La solicitud puede presentarse en cualquier momento. Si el solicitante vive en España la solicitud se puede presentar por internet, pero si vive en el extranjero la solicitud debe presentarse en el consulado español.

  Consultas nacionalidad española

El último paso de la nacionalidad española, tras la aprobación de la solicitud, es la JURA de la Constitución y la Monarquía españolas. Entonces, después de un par de meses podrás recoger tu certificado de nacimiento español y proceder a la expedición de tu pasaporte y DNI españoles.

Según la Ley 1004/2015, aprobada el 7 de noviembre de 2015, el solicitante de la Ciudadanía Española por Residencia debe superar el examen DELE A2 ‘s (examen de lengua) y CCSE (prueba cultural). Ambos exámenes son organizados por el Instituto Cervantes. Hay algunos casos en los que los solicitantes no necesitan pasar estos exámenes. Consulte con nuestros abogados expertos en Madrid o Barcelona para obtener más información.

Una persona nacida en España se llama

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. Así lo establece el artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificada por España en 1977. Se trata del acuerdo con mayor nivel de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. La nacionalidad es un atributo de los seres humanos. Sin embargo, los Estados son soberanos para regular las formas de adquirir o perder la nacionalidad. Por esta razón, es posible que un niño o una niña nazca sin nacionalidad, si nace en un país que no concede la nacionalidad por simple nacimiento, y los padres son de un país que no concede la nacionalidad automáticamente por sangre (ius sanguinis).

  ¿Cómo puedo saber si me han concedido la nacionalidad española?

El artículo 1.1 de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 (“Convención de 1954”) estableció la definición internacional de apátrida como cualquier persona: “que no sea considerada como nacional por ningún Estado en virtud de su legislación”.

Ahora, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), ratificada por España en 1990, establece que un niño no debe quedar en situación de apátrida durante un largo período. Es decir, todo niño debe adquirir la nacionalidad al nacer o tan pronto como sea posible después del nacimiento. En este sentido, la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961 (“Convención de 1961”), en su artículo 1, concede a los niños que de otro modo serían apátridas el derecho a adquirir la nacionalidad de su país de nacimiento.

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